San Jos‚ de Balcarce, 2 de agosto de 1982.- VISTO: El Expediente N§ 00563-B/82 iniciado por la So- ciedad Ganaderos de Balcarce S.A., y CONSIDERANDO: Las actuaciones habidas en el Expediente N§ 04022-B/80, por las cuales se efectu¢ la compra de un predio ubicado en la prolongaci¢n de la Avenida Del Valle de la ciudad de Balcarce, con destino a la construcci¢n de viviendas, Que las motivaciones iniciales subsisten y se encuentra en tr mite un plan de construcci¢n de 150 viviendas por el sistema establecido por el FONAVI, Que para la prosecuci¢n del mismo resulta im- prescindible contar con la escritura traslativa de dominio, Que por las razones expuestas por la vendedora - Ganaderos de Balcarce S.A. - a fojas 1 del Expediente N§ 00563-B/ 82, ratificadas por el informe del Se¤or Escribano actuante Don Fe- liciano Burgardt, a fojas 20 y 21, no pudo dar cumplimiento a lo es- tablecido en la Cl usula Tercera del Boleto de Compra-Venta obrante a fojas 16/17 del mencionado expediente, Que dado el tiempo transcurrido, Ganaderos de Balcarce S.A. solicita a fojas 22, se actualice el saldo de precio en atenci¢n a que la demora incurrida en la tramitaci¢n efectuada ante la Direcci¢n de Personas Jur¡dicas de la Provincia de Buenos Aires para obtener los t¡tulos comercialmente perfectos que permitan efectuar la escritura traslativa de dominio, por la suma de Pesos Cien millones ($ 100.000.000.-), ofreciendo como contrapartida una casa habitaci¢n existente en predio que de acuerdo con la cl usula Segunda del Boleto de Compra-Venta mencionado no conformaba la ope- raci¢n original, Que la casa habitaci¢n ha de ser de utilidad como dep¢sito de materiales u obrador durante la construcci¢n del Barrio de Viviendas que se tramita, Que a fojas 22 vuelta el Se¤or Asesor Legal se expide sobre el particular aconsejando el reconocimiento solicitado, Que con ello se cumplimenta el fin perseguido, posibilitando la construcci¢n del Barrio de Viviendas aludido y se evita una posible acci¢n judicial de larga y aleatoria soluci¢n en atenci¢n a la jurisprudencia en la materia, Que est n cumplimentados todos los requisitos requeridos para efectuar la escritura traslativa de dominio a favor de la Municipalidad de Balcarce, Que se ha designado al Escribano Feliciano Bur- gardt para tal fin, POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Org nica de las Municipali- dades y sus modificatorias, D E C R E T A ------------- ARTICULO 1§: Recon¢cese a la firma Ganaderos de Balcarce S.A. la su- ------------ ma de Pesos Cien millones ($ 100.000.000.-) en concepto de actualizaci¢n del saldo de precio por la compra de un inmueble efectuado por Decreto N§ 293 del 20 de mayo de 1980.---------------- ARTICULO 2§: Recon¢cese a la firma Ganaderos de Balcarce S.A. la su- ------------ ma de Pesos Siete millones quinientos ochenta y seis mil novecientos ($ 7.586.900) en concepto de honorarios, impuestos y gastos correspondientes a la conformaci¢n de la Escritura Traslativa de Dominio.--------------------------------------------------------- ARTICULO 3§: Imp£tase la erogaci¢n que el presente demande a la Par- ------------ tida Finalidad 1 - Secci¢n 2 - Sector 5 - Inciso 1 - Partida Principal 5 - INMUEBLES - del Presupuesto General de Eroga- gaciones 1981 prorrogado para el ejercicio 1982.-------------------- ARTICULO 4§: El monto que se reconoce por los art¡culos 1§ y 2§ ser  ------------ efectivizado en el momento de la firma de la escritura traslativa de dominio.---------------------------------------------- ARTICULO 5§: El presente Decreto ser  refrendado por el se¤or Secre- -- ---------- tario de Gobierno.------------------------------------- ARTICULO 6§: C£mplase, comun¡quese, tomen raz¢n a sus efectos las ------------ Secretar¡as Municipales, Contadur¡a, Tesorer¡a, Oficina de Patrimonio, Oficina de Prensa, la firma interesada y d‚se al Re- gistro Oficial de Decretos.----------------------------------------- DECRETO N§ 287.- ----------------